LA VERDAD DEL EVANGELIO

LA PAGA DEL PECADO

Por Charles G. Finney

 

"La paga del pecado es muerte" (Romanos 6:23).

 

La muerte de que se habla aquí es la que es debida a la sanción o castigo de la ley de Dios.

AI presentar este tema debo:

I. Ilustrar la naturaleza del pecado;

II. Especificar algunos de los atributos de las sanciones penales de la ley de Dios;

III. Mostrar en qué ha de consistir este castigo.

 

I. Para ver de modo práctico lo que es la naturaleza del pecado lo mejor será dar una ilustración. Vamos a suponer un gobierno establecido para asegurar el bienestar de los gobernadores y de las autoridades que gobiernan también. Supongamos que el jefe de este gobierno pone todos sus atributos a contribución en la empresa: toda su riqueza, tiempo y energías, para conseguir el alto objetivo del mayor bien posible. Para este propósito promulga leyes, las mejores posibles, leyes que si son obedecidas van a asegurar el mayor bien de los súbditos y del príncipe (o sea él mismo). Luego establece penas apropiadas en casos de infracción de estas leyes; de otro modo su cuidado y sabiduría no serviría de nada. Dedica a los intereses de su gobierno todo lo que tiene y todo lo que es, sin ninguna clase de reserva.

Pero algunos de sus súbditos rehúsan simpatizar con su movimiento. Dicen: "La caridad bien entendida, empieza en casa", y se preocupan de ellos mismos como algo esencial; en resumen que son totalmente egoístas.

Es fácil ver lo que resultaría en un gobierno humano. El hombre que lo hiciera pasaría a ser un enemigo común del gobierno y de los otros súbditos. Esto es pecado. Esto ilustra precisamente el caso del pecador. El pecado es egoísmo. Establece un fin egoísta, y para conseguirlo, usa medios egoístas; de modo que con referencia a sus fines y sus medios, es precisamente lo opuesto a Dios y a todos los fines de felicidad general que Dios trata de asegurar. Niega los derechos de Dios; descarta sus intereses. Cada pecador sostiene que su propia voluntad es ley. El interés que se propone asegurar es enteramente opuesto al propuesto por Dios en su gobierno.

Toda la ley requiere sanciones. Sin sanciones la ley sería sólo consejo. Es por tanto esencial a la naturaleza distintiva e inherente de la ley el que estipule sanciones.

Las sanciones son o bien remunerativas o reivindicativas. Prometen recompensa por la obediencia y amenazan castigo por la desobediencia. Son reivindicativas en cuanto reivindican el honor de la ley violada.

Además, las sanciones pueden ser naturales o gubernamentales. A veces existen las dos formas en gobiernos distintos del divino.

Los castigos naturales son las consecuencias desagradables que resultan sin intervención directa del gobierno para castigar. De modo que en todos los gobiernos la falta de respeto a los que le son amigos cae como un castigo natural de los transgresores. Éstos son los enemigos naturales de los súbditos buenos.

En el gobierno divino, el remordimiento y la compunción de conciencia caen en esta clase, y en realidad muchas otras cosas que naturalmente resultan en la obediencia por un lado, resultan en desobediencia por el otro.

Ha de haber sanciones gubernamentales. Cada gobierno ha de manifestar desagrado contra la infracción de sus leyes. El dejar todo el asunto de la obediencia a las meras consecuencias naturales es, sin duda, injusto para la sociedad. Por el hecho de que los gobiernos se proponen mantener la ley y asegurar la obediencia están obligados a poner toda sus energía a la obra.

Otra actividad o agencia incidental del gobierno bajo ciertas circunstancias es lo que llamamos disciplina. Un objetivo de la disciplina es prevenir, ir antes de infligir el castigo y hacer abrir los ojos a los súbditos para que vean que la ley tiene un gobierno que está dispuesto a defenderla y el pecador un castigo a temer. El objeto es hacer ver lo grave de la pena, y advertirles. No se trata de la administración del castigo, y por tanto no pertenece al mismo: su objetivo es disuadir a los súbditos bajo la ley a que no infrinjan sus preceptos. Esta agencia disciplinaria no existiría en un gobierno de pura ley, por que éste no diferiría el infligir la pena. La disciplina implica que no se aplica el castigo, sino que de momento se deja suspendido.

Todos somos pecadores, y por tanto no tenemos por qué hablar de los aspectos remunerativos del gobierno de Dios. No podemos tener reclamaciones de remuneraciones bajo la ley, pues lo impide nuestro pecado. Pero sí tenemos que ver con las penas. Por ello vamos a hablar de ellas.

 

II. ¿Cuáles son las características de las sanciones penales de la ley de Dios?

Dios nos ha dado la razón. Ésta afirma de modo intuitivo e irresistible todas las grandes verdades del gobierno moral. Hay ciertos atributos que sabemos pertenecen a la ley moral, por ejemplo, uno de ellos es la justicia intrínseca. El castigo no debe amenazar ni más ni menos que lo que es justo. La justicia ha de ser un atributo de la ley de Dios; de otro modo todo el universo debería de condenar la ley.

La justicia intrínseca significa e implica que el castigo ha de ser igual a la obligación infringida. La culpa del pecado resulta de ser una violación de la obligación. De aquí que la culpa haya de estar en proporción a la magnitud de la obligación violada, y en consecuencia, el castigo debe ser medido por la obligación.

La justicia gubernamental es otro atributo. Esta característica de la ley procura dar seguridad contra la transgresión. La ley no es gubernamentalmente justa hasta que el castigo sea graduado para proporcionar la máxima seguridad contra el pecado que admite la naturaleza del caso. Supongamos que bajo cualquier gobierno las sanciones de la ley son insignificantes, no proporcionadas en manera alguna al fin perseguido. Un gobierno así es injusto en sí mismo y para los intereses que se ha comprometido a mantener. De aquí que un buen gobierno debe ser gubernamentalmente justo, dando con la severidad de las penas y la certidumbre que van a ser aplicadas, la máxima seguridad de que la ley va a ser obedecida.

Además, las sanciones penales deben ser valiosas para el fin perseguido por la ley y por el legislador. El gobierno es sólo un medio a un fin, y este fin propuesto es la obediencia universal y la consiguiente felicidad. Si la ley es indispensable para obtener este fin, su pena debería ser graduada en conformidad.

De aquí que la pena deba ser graduada según la importancia del precepto. Si el precepto es de importancia fundamental --de tal importancia que la desobediencia al mismo socava la misma existencia del gobierno-- entonces debería ser guardada por las sanciones máximas y de mayor solemnidad. Las penas correspondientes a su violación deben ser también del orden más alto.

La pena debería dar una expresión adecuada a los puntos de vista del legislador respecto al valor del fin que se propone asegurar por medio de la ley; asimismo de sus puntos de vista respecto a lo sagrado de su ley; y también de la culpa intrínseca de la desobediencia. La pena procura hacer resaltar el corazón del legislador: mostrar lo serio de su deseo de mantener el derecho, y de asegurar este orden y bienestar que dependen de la obediencia. En la importancia de la pena el legislador presenta su corazón y vierte toda la influencia de su carácter sobre sus súbditos.

El objeto de la ejecución de la pena es precisamente el mismo; no el satisfacer la venganza, como algunos parecen suponer, sino influenciar a los súbditos del gobierno a que obedezcan. Tiene el mismo objetivo general que tiene la ley.

Las sanciones penales deberían ser una expresión adecuada de la consideración del legislador para el bienestar público y su interés en él. En el precepto da expresión a esto; en la pena, lo confirma aún más. En el precepto vemos el objetivo a la vista y tenemos una manifestación de consideración para los intereses públicos; en la pena, tenemos una medida de esta consideración, en que se nos muestra lo grande que es. Por ejemplo, supongamos una ley humana en que se castiga el asesinato con un castigo trivial. Bajo de pretensión de ser tierno de corazón el legislador asigna al crimen de asesinato una multa de un dólar. ¿Mostraría esto que ama a sus súbditos y que tiene gran consideración a su vida y sus intereses? Al contrario. No podemos aceptar que el legislador haya cumplido con su deber a menos que asigne una pena conmensurada en un grado apropiado al objetivo que trata de asegurar.

Una palabra todavía respecto a la aplicación del castigo capital en los gobiernos humanos. Hay una gran diferencia de opinión respecto a lo que es más efectivo, el confinamiento solitario de por vida, o la muerte. Dejando sin responder la pregunta en sí, he de decir que nadie ha dudado nunca de que el asesino merece morir. Si se prefiere cualquier otro castigo a la muerte, en modo alguno significa esto que el asesino no merece la muerte. De esto no se puede dudar. Es uno de los principios inalterables de la justicia, que si un hombre sacrifica los intereses de otro, él sacrifica los propios; ojo por ojo, vida por vida.

No podemos por menos que afirmar que ningún gobierno ponga bastante énfasis en la protección de la vida humana a menos que la preserve con las máximas penas. Donde están en juego la vida y los intereses vitales, la pena debería ser tan grande y solemne como fuera posible.

Los agentes morales tienen dos lados en su sensibilidad, a los cuales han de dirigir la perspectiva de lo bueno y el temor de lo malo. Estoy hablando ahora de la pena. Esto se refiere, pues, sólo al temor.

He dicho en sustancia, que el castigo debería afirmar y reivindicar de modo adecuado la autoridad legítima del legislador; debería ofrecer si es posible una contención adecuada del pecado y debería estar basado en una apreciación justa de su naturaleza. El gobierno moral de Dios abraza todo el universo inteligente, y se extiende con sus vastos resultados hacia la eternidad. De aquí que el alcance y amplitud de sus intereses no tenga límites en absoluto, y por consiguiente las penas de su ley, habiendo sido establecidas para reivindicar la autoridad de este gobierno, y sostener estos intereses sin medida, debería ser terrible sin medida. Si hubiera algo más terrible a concebir que la pena amenazada, toda mente debería decir: "Esto no basta." Con una visión justa de las relaciones y culpa del pecado, no podrían estar satisfechos hasta que la pena fuera la mayor concebible. El pecado es tan hediondo, tan asqueroso, tan terriblemente destructor y de tanto alcance en la ruina que causa, que los entes o seres morales no podrían sentir que se hace bastante si puede hacerse más.

 

III. ¿Cuáles la pena de la ley moral de Dios?

Nuestro texto dice: "la muerte." Esto, sin duda, no se refiere a la muerte animal, porque los santos mueren y los animales también, y ninguno de los dos recibe la paga del pecado. Además, esto no sería una pena en sí, si después de aplicada, los afectados fueran directamente al cielo. Una pena así, considerada como la paga del pecado, sería sólo un insulto al gobierno de Dios.

Además, no puede ser la muerte espiritual, porque esto no es nada más que un estado de total desobediencia a la ley. Uno no puede concebir nada más absurdo que castigar a un hombre por desobediencia por el medio de someterle a una desobediencia perpetua, un esfuerzo para mantener la ley condenando a los ofensores a su perpetua violación, y nada más.

Esta muerte es la desgracia sin fin, correspondiente en nuestros gobiernos humanos a la pena de muerte. Todo el mundo sabe lo que es. Separa al criminal de la sociedad para siempre; le elimina de una vez y totalmente de los privilegios del gobierno y le consigna a una destrucción sin esperanza. Nada más terrible le puede ser infligido. Es la pena extrema, terrible, más allá de toda otra que puedan infligir los hombres.

No puede haber duda que la muerte de que se habla en nuestro texto, se quieres mostrar que corresponde a la pena de muerte en los gobiernos humanos.

Se observará también que en nuestro texto, la "dádiva de Dios", que "es vida eterna por medio de nuestro Señor Jesucristo" está puesta en contraste con la muerte, la paga del pecado. Este hecho puede proyectar luz sobre la cuestión de la naturaleza de está muerte. Hemos de buscar la antítesis de "la vida eternal".

Ahora bien, esta vida eterna no es meramente una existencia eterna. La vida eterna nunca significa meramente un eterno existir, por lo menos en el sentido en que se usa en las Escrituras; sino que significa un estado de eterna bienaventuranza, que implica la santidad eterna como su fundamento. El uso del término vida en la Escritura en sentido de "vida real" una vida digna de ser vivida, esto es, goce real y vivo, es tan común que no hay necesidad de una prueba especial.

La pena de muerte es por tanto lo opuesto a esto: a saber, una desgracia eterna.

Hay que decir aquí unas pocas palabras sobre las objeciones que ponen algunos a esta doctrina del castigo eterno. Todas las objeciones que he oído se resumen en esta: que es injusta. Pueden ser expresadas en una fraseología distinta, pero es la única idea implicada en todas ellas, y la única que cuenta.

1. Se dice que es injusta porque "la vida es tan corta". Ésta es una extraña manera de hablar. La vida es tan corta que los hombres no pueden pecar bastante para merecer un castigo eterno. ¿Olvidan los hombres que un pecado basta para incurrir en la pena debida a pecar? ¿Cuántos pecados son precisos para una transgresión de la ley de Dios? Los hombres hablan como si supusieran que se requieren muchos. Como si un hombre tuviera que cometer un gran número de asesinatos antes de que el gobierno pudiera incriminarlo por el crimen de asesinato y ponerle bajo sentencia en el tribunal. ¿Cómo? ¿Se presentará algún hombre ante el tribunal y dirá que aunque ha quebrantado la ley, sin duda, no lo ha hecho un número suficiente de veces para incurrir en el castigo? ¿Qué tribunal de la tierra reconocería este tipo de excusa y le daría valor, a menos que fuera para demostrar la locura y culpa del que la presentó?

2. Se dice también que el "hombre es demasiado pequeño, un ser demasiado insignificante para que le sea posible cometer un pecado infinito". ¿Qué significa esta objeción? Significa que el pecado es un acto de creación, y que debe ser medido por tanto con la magnitud de lo que ha sido hecho. Esto sería una idea realmente extraña sobre la naturaleza del pecado. ¿Significará, la objeción, que el hombre no puede violar una obligación de fuerza infinita? Entonces su significado es simplemente falso, como todo el mundo sabe. ¿Implica este hombre que la culpa del pecado no ha de ser medida por la obligación violada? Entonces no sabe lo que dice o pervierte la verdad a sabiendas. ¿Oué? ¿El hombre es tan pequeño que no puede cometer mucho pecado? ¿Es ésta la manera de razonar en casos análogos? Supongamos que un niño te desobedece. ¡Es mucho más pequeño de lo que tú eres! Pero ¿le disculpas o exoneras de culpa? ¿Es ésta una razón para anular la culpa? No pueden los inferiores cometer pecado contra sus superiores? ¿Han errado los hombres sensatos que siempre han supuesto que los jóvenes y pequeños están, a veces, bajo la obligación de obedecer a los más viejos y mayores? Supongamos que das un golpe a un magistrado; supongamos que insultas o intentas asesinar a un rey; ¿es esto un delito muy pequeño, casi excusable de ser considerado un delito, porque, sin duda, tú estás en una posición inferior y él superior? Dices: "¡Yo soy tan pequeño, tan insignificante! ¿Cómo puedo merecer un castigo tan grande?" ¿Razonas de este modo en algún otro caso excepto con tus pecados contra Dios? ¡Nunca!

3. Además, algunos hombres dicen: "E1 pecado no es un mal infinito." Este lenguaje es ambiguo. ¿Significa que el pecado no produciría maldad infinita si fuera tolerado indefinidamente? Esto es falso, porque si sólo un alma fuera destruida por él, la maldad acumulada de ello ya sería infinita. ¿Significa que el pecado no es un mal infinito, visto en sus presentes resultados y relaciones? Supongamos que admitimos esto; no demuestra nada respecto a nuestro propósito, porque es posible que la suma total de mal resultante de cada pecado singular sea presentada bajo una duración eterna. ¿Cómo puedes, pues, medir el mal del pecado por lo que ves hoy?

Pero hay todavía otras consideraciones que muestran que la pena de la ley debe ser infinita. El pecado es un mal natural infinito. Lo es en este sentido, que no hay límites al mal natural que sería introducido si no fuera restringido por el gobierno.

Si el pecado causara la ruina de una sola alma, no habría límite al mal que esto ocasionaría.

De nuevo, el pecado implica la culpa infinita, porque es una violación de una obligación infinita. Es importante notar aquí una equivocación común, que procede de la confusión de ideas respecto a la base de la obligación. De esto, resultan equivocaciones con respecto a lo que constituye la culpa del pecado. Aquí podría mostrarse que cuando se yerra sobre la base de la obligación es prácticamente necesario que la persona entienda mal la naturaleza y extensión del pecado y de la culpa. Recurramos a nuestra ilustración anterior. Aquí tenemos un gobierno, que es apropiado para asegurar el máximo bien de los gobernados y de todos los afectados. ¿De dónde viene la obligación de obedecer? Ciertamente del valor intrínseco al fin perseguido. Pero, ¿cuán amplia es esta obligación de obedecer?, o en otras palabras, ¿cuál es su verdadera medida? Contesto que es exactamente igual al valor del fin que el gobierno procura mantener y cuya obediencia la asegurara, pero que el pecado la va a destruir. Con este medida de Dios debe ser graduada la pena. De este modo debe determinar el legislador cuánta sanción, remunerativa o vindicativa debe aplicar a esta ley, a fin de corresponder a las exigencias de la justicia y la benevolencia.

Ahora bien, los objetivos de la ley de Dios aseguran el máximo bien universal. Su fin último y principal no es, estrictamente hablando, asegurar el supremo homenaje a Dios, sino asegurar el bien más alto posible a los seres morales inteligentes: Dios, y todas sus criaturas. Visto así, puede verse que el valor intrínseco del fin a buscar es la base real de la obligación a obedecer el precepto. Una vez estimado el valor de este fin, se tiene el valor y la fuerza de la obligación.

Ésta es evidentemente infinita, en el sentido de ser ilimitada. En este sentido afirmamos que la obligación carece de límite. La misma razón por la que afirmamos cualquier obligación, en absoluto es que la ley es buena y es el medio necesario para el máximo bien del universo. De aquí que la razón por la que establecemos la pena en general, nos obliga a afirmar la justicia y necesidad de una pena infinita. Vemos que la justicia intrínseca ha de exigir una pena infinita por la misma razón por la que exige cualquier pena. Si una pena dada es justa, lo es porque la ley asegura un cierto bien. Si este bien que se busca por la ley es ilimitado en extensión, también debe serlo la pena. La justicia gubernamental, pues, requiere un castigo infinito; de otro modo no proporciona suficiente garantía para el bien público.

Nuevamente, la ley no sólo planea un bien infinito, sino que tiende a asegurarlo. Sus tendencias están dirigidas a este fin. De ahí que la pena haya de ser infinita. La ley no es justa para los intereses a los que se dirige y que procura asegurar, a menos que se arme de sanciones infinitas.

Nada inferior a un castigo infinito puede ser una expresión adecuada del punto de vista de Dios respecto al gran objetivo sobre el que está puesto su corazón. Cuando los hombres hablan de la muerte eterna como pena excesiva para el pecado, ¿qué piensan de los esfuerzos de Dios para restringir el pecado por todo el universo moral? ¿Qué piensan de la muerte de su amado Hijo? ¿Suponen que es posible que Dios quiera una expresión correspondiente a su aborrecimiento del pecado con un castigo menos que infinito?

Nada menor podía dar una expresión adecuada a su consideración por la autoridad de la ley. ¡Oh, cuán espantosos habrían sido los resultados y cuán terrible la misma idea, si Dios hubiera fallado de hacer una expresión adecuada de su consideración por lo sagrado de esta ley que subraya el bienestar completo de todo su vasto reinado!

No puede pensarse que Él pueda considerar la violación de su ley de la forma que lo miran los universalistas. Con toda seguridad esto traería una avalancha de destrucción en todas las críaturas inteligentes, si Él cediera a sus exigencias. Si asignara algo inferior a una pena sin fin a su ley, ¿cuál sería el ser santo que podría confiar en la administración de su gobierno?

Su consideración para el bien público impide la aplicación de una pena leve o finita a la infracción de su ley. Quiere a sus súbditos demasiado. Algunos tienen ideas extrañas sobre la manera en que el gobernante debería expresar su consideración para sus súbditos. Quisieran que fuera tan blando hacia los culpables que la culpa quedara absorbida en su simpatía y consideración. Con un castigo leve para una pena grave, pongamos un dólar por un asesinato o un par de días en la cárcel, al parecer muchos se quedarían tranquilos de que no se hace injusticia al criminal, puesto que la naturaleza humana es tan frágil y sometida a toda clase de tentaciones que hay que ser comprensible. Los universalistas nos dicen que hay que concederle a Dios que le dé al culpable una conciencia que le acuse por haber cometido un asesinato. De lo que no se dan cuenta es que la primera vez quizá la conciencia quedaría intranquila durante un tiempo, pero quedaría menos intranquila, cada vez sucesiva. Ésta es la idea que algunos tienen cuando se apartan de la recta razón y de la Palabra reveladora de Dios.

Hablando ahora a los que tienen sentido moral para afirmar lo recto, así como ojos, para ver la operación de la ley, sé que no pueden negar la necesidad lógica de la pena de muerte por la infracción de la ley moral de Dios. Hay un punto convincente en cada una de estas proposiciones, del que no es posible escapar.

Ninguna pena menos que infinita puede ser una expresión adecuada del desagrado de Dios contra el pecado y de su decisión a resistirlo y castigarlo. La pena debería durar un período tan largo como el período en que haya súbditos que puedan ser afectados por ella, en tanto que haya necesidad de una demostración de los sentimientos de Dios y del curso gubernamental respecto al pecado.

Dios no puede infligir menos que lo máximo, pues Él ciertamente puede infligir un castigo interminable e infinito. Si por tanto la necesidad exige que sea infligida la máxima pena, ésta debe ser la que se aplique: la separación de la presencia de Dios y la muerte eterna.

Pero he de hacer notar que el Evangelio insiste en que éste es el caso, en todas partes. Insiste en que por los hechos de la ley ninguna carne puede ser justificada delante de Dios. En realidad no sólo afirma esto, sino que construye todo un sistema de expiación y de gracia sobre este fundamento. Constantemente da por sentado que no hay posibilidad de pagar la deuda o cancelar la obligación; y por tanto, que el único alivio del pecador es el perdón por medio de la sangre redentora.

Con todo, si la pena no fuera la muerte eterna, ¿qué sería? ¿Un sufrimiento temporal? ¿Cuánto duraría? ¿Cuándo terminaría? ¿Ha servido algún pecador el tiempo designado y ha sido llevado al cielo? No tenemos ningún ejemplo para probarlo, ni aun uno; pero tenemos el solemne testimonio de Jesucristo para probar que no puede existir este caso. Jesús nos dice que nadie puede pasar del cielo al infierno o del infierno al cielo. Una gran sima se interpone entre los dos, tal que nadie la puede cruzar. Tú no puedes pasar de la tierra al cielo, como no puedes pasar de la tierra al infierno; sino que estos dos estados del mundo futuro son dos puntos extremos, y nadie, ni un hombre, ni un ángel puede cruzar la sima que los divide.

A mi pregunta ¿En qué consiste la pena?", tú contestas: "Es sólo la consecuencia natural del pecado tal como se desarrolla en una conciencia perturbada." Entonces se sigue que cuanto más peca un hombre menos es castigado, hasta que llegue a una cantidad infinitesimal de castigo, del cual el pecador no se preocupa en absoluto. ¿Quién va a creer esto? ¡Bajo este sistema, si un hombre teme el castigo, lo que tiene que hacer es procurar pecar con más energía; tendrá más consuelo tan pronto como pueda vencer su compunción, y al fin llegará a no sufrir ningún castigo! ¿Cree alguien que esto es el castigo que Dios dará al pecado? Esto es imposible.

Los universalistas siempre confunden la disciplina con las sanciones penales. Olvidan que esta distinción es muy importante y consideran todo lo que sufre el hombre aquí en este mundo sólo como penal. Cuando apenas es penal y sí de un modo principal, disciplinario. Dicen: ¿Qué bien le hará el pecador que le envíen a un infierno sin término? ¿No es Dios perfectamente benevolente?, si es así, ¿cómo puede tener otro objetivo que el hacer al pecador todo el bien puede?

Contesto: El castigo no está destinado a hacer ningún bien al pecador castigado. Sino que intenta a otro bien, más remoto, y mucho más importante. La disciplina, mientras el pecador está en la tierra, busca su bien personal, principalmente; el castigo tiene la mira puesta en otros resultados. Si preguntas: ¿No intenta Dios el bienestar de todos por medio del castigo? Contesto: Sin duda, esto es precisamente lo que procura.

Bajo la provisión de los gobiernos humanos, el castigo puede tener por objetivo, en parte, el restablecer, reclamar. Hasta aquí es disciplina. Pero la pena de muerte, después de agotado el término de suspensión del castigo y cuando ha caído el golpe fatal, no tiene como objetivo reclamar, disciplinar, sino sólo castigar. El culpable es puesto ante el altar público y sacrificado por el bien público. El objetivo es hacer una impresión terrible en la mente pública sobre el mal de la transgresión y lo espantoso de las consecuencias. La disciplina no tiene por objetivo el apoyo de la ley, sino el recobrar al ofensor. Pero el día del castigo no tiene que ver con el restablecimiento del pecador castigado. El castigo, y todo lo que resulta del mismo, es puramente penal. Es extraño que se confundan estos hechos evidentes.

Hay todavía otra consideración que no se tiene en cuenta, a saber, que bajo toda dispensación segura de disciplina, tiene que haber una ley moral, apoyada por sanciones amplias y terribles, para preservar la autoridad del legislador y sostener el honor y majestad de su gobierno. No sería seguro confiar en un sistema de disciplina, y en realidad no puede esperarse que hiciera mucha impresión en los caídos, si no fuera sostenido por un sistema de leyes y castigo. Esta visitación penal en el pecador que no ha sido rescatado tiene que permanecer para siempre, un hecho terrible, para mostrar que se realiza la justicia, que se reivindica la ley, y que Dios es honrado; y para hacer una impresión terrible y permanente del mal del pecado y de la eterna hostilidad de Dios contra el mismo.

CONCLUSION

Se oyen razonamientos contra el castigo futuro. No es de extrañar que sea así, pero el hecho es que el Evangelio las da por verdaderas y luego propone un remedio. Se puede admitir, y es natural que la mente retroceda ante las terribles consecuencias que son inevitables cuando se consideran las relaciones de las meras leyes; pero cuando el Evangelio se interpone para salvar, entonces se hace altamente extraño que los hombres admitan la realidad del Evangelio y con todo rechacen la ley y sus penas. Hablan de la gracia; pero ¿qué quieren decir con la gracia? Cuando los hombres niegan el hecho del pecado no hay lugar ni ocasión para la gracia en el Evangelio. El admitir nominalmente el hecho del pecado, pero negar virtualmente su culpa es sólo gracia de nombre. Repudiando las sanciones de la ley de Dios, y laborando para desaprobar su realidad, ¿qué derecho tienen los hombres a decir que respetan el Evangelio? Hacen de él una farsa, o por lo menos un sistema de enmiendas a una legislación excesivamente severa. ¡Que nadie que interprete la ley de esta manera pretenda honrar a Dios aplaudiendo el Evangelio!

Lo que dice la Biblia con respecto a la condenación final de los malos es impresionante. Las verdades espirituales se nos revelan por medio de los objetos naturales: por ejemplo, las puertas y las paredes de la Nueva Jerusalén, para presentar los esplendores y glorias del estado celestial. Un telescopio espiritual es puesto en nuestras manos; se nos permite apuntar hacia la gloriosa ciudad, "cuyo Hacedor y arquitecto es Dios"; podemos medir s un santuario interior y podemos ver las muchedumbres que sin cesar adoran a Dios. Vemos las ropas blancas ondeando al viento --las palmas de victoria en sus manos, el gozo refulgente de sus rostros-- las manifestaciones de inefable bendición de sus almas. Esto es el cielo retratado en símbolos. ¿Quién supone que esto se usa como una hipérbole? ¿Quién considera estas expresiones como exageradas, presentadas con miras a producir expectativas extraordinarias y sin garantía? Nadie lo piensa. Nadie tiene objeción a lo que la Biblia dice del cielo. ¿Con qué objetivo se adopta este tipo figurativo de representación? Sin duda, el objetivo es dar la mejor concepción posible de los hechos.

Luego tenemos el otro lado. Se levanta el velo, y llegamos al mismo borde del infierno para ver lo que hay allí. En tanto que en el otro extremo todo era glorioso, aquí todo es horroroso, espantoso.

Éste es el abismo. ¡Un alma inmortal es lanzada en el mismo; se hunde más y más, y mientras desciende en esto horrible hoyo que carece de fondo, va llorando y gimiendo y se pueden oír sus gemidos haciendo eco en los lados de la espantosa caverna!

Aquí hay otra imagen. "Es un lago ardiendo de fuego y azufre" y se ven los pecadores perdidos lanzados a las olas de fuego; y golpean la orilla ardiente, y se muerden la lengua de dolor. Allí el gusano no muere, y el fuego no es apagado, y no hay "una gota de agua" que "moje sus lenguas y las refresque" mientras "son atormentados en aquella llama".

¿Qué piensas tú de eso? ¿Crees que Dios dice estas cosas para asustar a las pobres almas? No. Le apena que tenga que existir este infierno y hayan de ira parar al mismo todos los que no honran su ley, los que no aceptan la salvación de sus pecados por medio de la gracia. Dios no se complace con la muerte del pecador. Pero tiene que mantener la integridad de su reino, para salvar a sus súbditos leales.

Miremos a otra escena. Se trata de un lecho de muerte. ¿Has visto alguna vez morir a un pecador? ¿Podrías describir la escena? ¿Fue la de un amigo, un pariente, un deudo cercano a tu corazón? ¿Cuánto tiempo tardó en morir? ¿Te pareció que su agonía no iba a terminar? Cuando murió mi último hijo la lucha duró mucho. Veinticuatro horas de agonía para disolver su naturaleza. Me era imposible contemplarlo. Pues supón que hubiera durado hasta ahora. Yo mismo habría muerto ya, agotado completamente por la angustia de contemplar una escena así. Y lo mismo habrían muerto todos nuestros amigos. ¿Quién habría podido sobrevivir contemplando una muerte tan espantosa? ¿Quién no habría exclamado: "¡Señor, abrévialo, abrévialo por tu misericordia!"? Cuando murió mi esposa su agonía fue larga y conmovedora. Si hubierais estado allí habrías gritado también: " ¡Abrévialo, Señor! ¡Ten misericordia!" Pero supongamos que hubiera seguido indefinidamente, día tras día, noche tras noche. La figura de nuestro texto supone un morir eternamente. ¿Puedes concebir que un hombre prolongue su agonía durante meses, años, hasta que sus propios amigos vayan todos a la tumba por no poder soportar el horror de la escena. Pero, esto no basta, viene una nueva generación, y el fin no ha llegado todavía. ¡Y otra! ¡Pues bien, esto es una débil ilustración de la terrible muerte segunda"!

Dios quiere que entendamos bien cuán terrible es el pecado y el espantoso castigo que merece. Quiere mostrarnos con estos ejemplos lo terrible que ha de ser el destino de un pecador. ¿Has visto alguna vez morir algún pecador? ¿Y no exclamaste: "¡Sin duda la maldición de Dios ha caído pesadamente sobre el mundo!"? ¡Ah, esto es sólo una imagen de esta otra maldición más pesada que viene en la "muerte segunda"!

El texto afirma que la muerte es "la paga del pecado". Es lo que merece el pecado. El obrero gana su jornal y tiene derecho a reclamar esta remuneración. Y los hombres se nos dice que ganan la paga o jornal de su pecado. Tienen derecho al mismo. Dios considera que les debe esta paga merecida.

Como he dicho con frecuencia, no diría una palabra en este sentido para afligir vuestras almas si no hubiera esperanza ni misericordia. ¿Por qué iba a atormentaros antes de tiempo? ¡Jamás! Sólo digo estas cosas para haceros comprender que hay necesidad de escapar para salvar la vida.

Pensad esto: "¡La paga del pecado es muerte!" Dios quiere proclamar a todo el universo: "Asombraos y no pequéis." Quiere que los hombres se den cuenta de cuán terrible es el pecado. Pero en vez de esto lo que dicen es: ¡Oh, cuán terrible es el castigo! No se dan cuenta de lo horrible que es la culpa merecida por el pecado. Dios quiere que veamos cuando un pecador está en su lecho de muerte lo que es la paga del pecado. Allí se encuentra en sus gemidos y temblores, presa del dolor, hasta que muere. Es necesario comprender que el castigo eterno significa que no muere, que sigue en este estado un mes, mil años, edades sin fin, muriendo perpetuamente. El toque de la campana que dobla a muertos nunca llega para é1. Su castigo es eterno. ¡Qué espantosa palabra que resuena por las edades de agonía y desesperación!

Se nos dice que en la consumación final de las escenas terrestres: "se sentarán a juicio y los libros serán abiertos." Nosotros estaremos allí, y lo que es más, será para saldar cuentas con Dios y recibiremos nuestra porción. ¿Cuál será la tuya en aquel día final? ¿La paga del pecado? Dios no va a permitir que renuncies a tu paga. Ya está preparada y tendrás que recibirla. Antes que sea corrida la cortina final y no haya más esperanza puedes aún poner en orden tu estado. ¿Hacia dónde te dirigirás, hacia la izquierda o la derecha?

La Biblia localiza el infierno a la vista del cielo. Dice que el humo de su tormento subirá para siempre, y a plena vista de las alturas de la Ciudad Celestial. Allí te postrarás en adoración; pero al dar una mirada a lo lejos es posible que veas un vasto cráter, de donde surgen los elementos hirviendo y masas enormes de humo. Vi una vez el volcán Etna y no pude por menos de aterrorizarme. ¡Ésta es una imagen del infierno! ¡Oh, pecador, hay infierno y tú vas a ser lanzado al mismo! Ante este espectáculo el universo observa y lee: "¡La paga del pecado es muerte! ¡No peques, pues éste es el destino del pecador no perdonado!" ¡Piensa en esta demostración del gobierno de Dios! ¡Una muestra de su santa justicia y su inflexible propósito de sostener los intereses de la santidad y la felicidad en todos sus vastos dominios! ¿No está justificado para mantener lo sagrado de su gran plan de gobierno moral del universo?

Pecador, ahora puedes escapar todavía de este espantoso destino. Ésta es la razón por la que Dios nos ha revelado la existencia del infierno en su Palabra. Y ahora, ¿va a ser esta revelación en vano o peor que en vano para ti?

Imagínate, por un momento, que toda esta congregación fuera empujada por una fuerza incontenible al mismo borde del infierno: pero cuando ya pareciera que iba a caer en la sima apareciera un ángel y proclama: "Hay salvación. ¡Gloría a Dios, gloría a Dios!"

Gritarías: "¿Es posible?" ¡Sí! Y te lanzarías a sus brazos para que te llevara a los pies de Jesús. ¡Porque Él es poderoso para salvar y dispuesto a hacerlo!

¿Son todo esto meras palabras? ¡Oh, no! Ojalá tuviera elocuencia celestial para poder hacértelo comprender.

Una última palabra para los cristianos. ¿Cómo podéis ocuparos en cosas triviales descuidando el salvar almas? ¿Es posible que creáis que muchos a vuestro alrededor se dirigen directamente al infierno, donde no habrá posibilidad de ayudarles? Cuando en el cielo veáis el humo que sale del abismo y os acordéis de personas queridas en las cuales podría haber influido, personalmente u orando por ellas, pero cuyo destino ya habrá sido sellado, ¿no va a ser el pensar en ellas una espina que va a estorbar en vuestra felicidad?

 

 

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